Fijación de una cuantía global e indiferenciada como compensación por un pacto de no competencia (RS 37/23 12 de Septiembre de 2023 al 18 de Septiembre de 2023)
Es nulo y carente de validez un pacto de no competencia post contractual que confunde la compensación económica con el salario fijo al no constar su cuantía de manera separada en la nómina. La fijación de la compensación en términos claros y precisos es un requisito esencial para la validez y licitud del pacto.