Vulneración del derecho de huelga

El derecho de huelga de los trabajadores de una empresa subcontratada queda vulnerado cuando la empresa principal decide contratar, con una empresa distinta a dicha subcontrata, el servicio que ésta última venía prestando, de forma que le es posible continuar recibiendo el servicio y llevar a cabo su actividad al ser el servicio prestado por la subcontrata una parte esencial de su actividad productiva.