Designación del último miembro del comité intercentros, integrado por 13 representantes, en caso de empate entre dos candidaturas (RS 02/26 06 de Enero de 2026 al 12 de Enero de 2026)

En casos de empate en la designación de miembros para un comité intercentros, la composición debe respetar la proporcionalidad basada en el número de representantes electos y no en el número de votos obtenidos, si bien el convenio colectivo puede prever mecanismos adicionales, como atender al número de votos en caso de empate.