Derecho a liquidar de la Administración cuando el heredero fallece sin aceptar o repudiar la herencia (RF 24/24 11 de Junio de 2024 al 17 de Junio de 2024)
El dies a quo del plazo de prescripción del derecho de la Administración a liquidar el ISD en las adquisiciones por causa de muerte, en las que el heredero fallece sin aceptar ni repudiar la herencia y el derecho se transmite a sus herederos, que son quienes aceptan y adquieren la condición de sujetos pasivos del impuesto, es el momento del fallecimiento del transmitente.