Aplicación del tipo reducido para entidades de nueva creación cuando se participa en otra entidad (RF 38/21 21 de Septiembre de 2021 al 27 de Septiembre de 2021)
Si se participa mayoritariamente en el capital y derechos de voto de una entidad de nueva creación, aunque no se tenga su administración y las decisiones de la Junta General se adopten conjuntamente, existe grupo mercantil, por lo que la entidad que ostenta la participación deja de tener la consideración de entidad de nueva creación y no puede aplicar el tipo reducido.