Aplicación de la reducción por parentesco en los supuestos de consolidación de dominio (RF 31/24 30 de Julio de 2024 al 05 de Agosto de 2024)

Cuando ha prescrito el derecho de la Administración a practicar liquidación por la herencia en la que se desmembró el dominio, cabe aplicar la parte de la reducción restante por parentesco, con ocasión de la consolidación del dominio, pese a que no se aplicó ninguna reducción con ocasión de la adquisición de la nuda propiedad al no haber presentado el obligado tributario autoliquidación del impuesto por la herencia que dio lugar a tal desmembramiento del dominio.

Valor de la nuda propiedad

Cambio de criterio de la DGT en relación con la donación de nuda propiedad con reserva por parte del usufructuario de la facultad de disposición.