Contingencia del accidente de circulación con fallecimiento el mismo día (RS 38/25 16 de Septiembre de 2025 al 22 de Septiembre de 2025)

Es accidente in itinere el accidente de circulación que sufre una trabajadora al acudir al trabajo, como consecuencia del cual fallece el mismo día. La IT puede durar solo un día, ya que, de no ser así, si un trabajador falleciera al instante o ese mismo día, no se le proporcionaría asistencia sanitaria, al ser la IT requisito para percibirla. La comunicación de la mutua al INSS de su decisión de rechazar la cobertura del proceso de accidente/enfermedad es claramente una impugnación de la contingencia.

Contingencia de una segunda IT de un trabajador con la misma patología que la primera (RS 37/25 09 de Septiembre de 2025 al 15 de Septiembre de 2025)

Si un trabajador sufre un primer accidente laboral que produce una IT con lesión de rodilla, tras la cual es dado de alta, aunque subsisten las patologías derivadas de aquella, la segunda IT por afectación de la misma rodilla transcurridos 4 meses desde el alta de la primera se considera igualmente derivada de accidente de trabajo.

Contingencia de IT por crisis epiléptica (RS 36/25 02 de Septiembre de 2025 al 08 de Septiembre de 2025)

La existencia de una importante dolencia previa de naturaleza no laboral que es causa última de una crisis epiléptica ocurrida en tiempo y lugar de trabajo desvirtúa la presunción de laboralidad y justifica racionalmente la valoración probatoria del JS en ese sentido, si no concurren elementos que justifiquen que puede haber sido causada o agravada por factores laborales.

Responsabilidad en caso de doble accidente de trabajo (RS 35/25 26 de Agosto de 2025 al 01 de Septiembre de 2025)

En caso de distintos accidentes en el tiempo que afectan a los dos ojos, la responsabilidad de las respectivas mutuas es compartida si se trata de una concurrencia de lesiones que producen ambas una incapacidad, aunque sea de distintos grados, pero no si el primer accidente produce lesiones permanentes no invalidantes y el segundo una incapacidad, al tratarse de un agravamiento.