Reelección de administradores: constancia registral del domicilio
La discrepancia entre el domicilio del administrador que figura en la comparecencia de la escritura pública de su reelección en el cargo y el domicilio que figura en los asientos registrales a los que se remite la certificación adjunta, supone un obstáculo para su inscripción, toda vez que no corresponde al registrador decidir cuál de los dos domicilios expresados haya de prevalecer a tales efectos.