Supuestos en que las omisiones e inexactitudes constatadas en las declaraciones del beneficiario permiten la revisión de oficio (RS 39/23 26 de Septiembre de 2023 al 02 de Octubre de 2023)
Cuando la TGSS considere que una actividad profesional es simulada o fingida, la vía para anular el alta del beneficiario no es la revisión de oficio sino la formulación de la correspondiente demanda ante el órgano competente de la Jurisdicción Social.