Relación de un trabajador autónomo con una cooperativa (RS 17/24 23 de Abril de 2024 al 29 de Abril de 2024)
La relación de un taxista autónomo con una sociedad cooperativa de radiotaxi, constituida como una cooperativa de servicios empresariales, no es laboral sino mercantil, por lo que las controversias que se susciten entre ambos no quedan sometidas a la jurisdicción social sino a la civil.