En la auditoría de una entidad que no es de interés público, pueden darse situaciones en las que el auditor no identifique áreas o aspectos para las que hubiese evaluado la existencia de mayor riesgo de incorrección material o de riesgos significativos. En la sección del informe de Aspectos más relevantes de la auditoría, el auditor de cuentas debe indicar que no hay aspectos más relevantes de la auditoría que se deban comunicar.
La información sobre la aplicación de resultados y sobre el período medio de pago a proveedores cabe considerarse como «otra información» que acompaña a las cuentas anuales, a efectos de la NIA-ES 720. El auditor debe determinar si hay una incongruencia material entre la propuesta de aplicación de resultados y la información contenida en los estados financieros auditados, dado que dispone de esa información antes de la emisión de su informe de auditoría. Respecto de la información relativa al período medio de pago a proveedores, al no ser exigida su aportación al auditor en el momento de emisión del informe, el auditor debe hacer mención a esta omisión en el informe de auditoría, sin perjuicio de los efectos que esta circunstancia pudiera tener en su opinión de auditoría de las cuentas anuales.
La información sobre la aplicación de resultados y sobre el período medio de pago a proveedores cabe considerarse como «otra información» que acompaña a las cuentas anuales, a efectos de la NIA-ES 720. El auditor debe determinar si hay una incongruencia material entre la propuesta de aplicación de resultados y la información contenida en los estados financieros auditados, dado que dispone de esa información antes de la emisión de su informe de auditoría. Respecto de la información relativa al período medio de pago a proveedores, al no ser exigida su aportación al auditor en el momento de emisión del informe, el auditor debe hacer mención a esta omisión en el informe de auditoría, sin perjuicio de los efectos que esta circunstancia pudiera tener en su opinión de auditoría de las cuentas anuales.
Se introducen una serie de supuestos en los que queda excluida la inclusión de la referencia a la concordancia o no del informe de gestión con las cuentas correspondientes al mismo ejercicio que se exige en los informes de auditoría.
Aprobación del plan de inspección ambiental de las instalaciones ubicadas en el ámbito territorial de Andalucía.