Asignaciones para gastos de locomoción exceptuadas de gravamen (RF 28/23 11 de Julio de 2023 al 17 de Julio de 2023)
Desde el 17-7-2023, se incrementa la cuantía de las asignaciones para gastos de locomoción exceptuadas de gravamen.
Desde el 17-7-2023, se incrementa la cuantía de las asignaciones para gastos de locomoción exceptuadas de gravamen.
El hecho de que, respecto de un inmueble heredado, dos de los herederos prefieran alquilarlo por temporadas y el tercero mantenerlo a su disposición por el tiempo restante, no impide que todos ellos deban imputar en su IRPF los rendimientos de capital inmobiliario obtenidos y, en su caso, la imputación de rentas inmobiliarias por el tiempo restante en que el inmueble no ha estado alquilado, en proporción a su cuota de participación.
Con efectos a partir del 30-6-2023, se aplican dos nuevas deducciones, limitadas temporalmente, por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y por instalación en inmuebles de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos, en ambos casos no afectos a actividades económicas.
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