Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013 se establece la posibilidad de solicitar un informe vinculante a la DGT sobre las consecuencias tributarias de las operaciones de reestructuración y resolución de entidades de crédito
Se establece la aplicación del régimen fiscal especial de reorganizaciones empresariales a determinadas transmisiones efectuadas en cumplimiento de planes de reestructuración o planes de resolución de entidades de crédito.
Con efectos desde el 31-10-2012 se ha aprobado la L 8/2012 sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, la cual recoge el contenido del RDL 18/2012, que la presente Ley deroga.
A la aportación de activos procedentes del pago de deudas inmobiliarias que realicen las entidades de crédito a las sociedades que han de gestionarlos, les es aplicable el régimen especial de reorganizaciones empresariales.