Exención en el IP de las participaciones en una holding (RF 08/24 20 de Febrero de 2024 al 26 de Febrero de 2024)
Los activos consistentes en derechos de crédito que una holding ostenta contra otras sociedades en las que participa, por los préstamos o líneas de crédito que les ha concedido, pueden considerarse afectos a la actividad de la holding, siempre que sean necesarios para la obtención de los rendimientos de la misma.