Establecimiento unilateral por la empresa de un modelo de acuerdo de teletrabajo y de la política de desconexión digital (RS 02/26 06 de Enero de 2026 al 12 de Enero de 2026)

La empresa puede establecer de modo unilateral un modelo de acuerdo de teletrabajo, para su firma individual por cada trabajador que lo acepte, siempre que respete las previsiones legales y convencionales. También puede elaborar la política de desconexión digital siempre que lo haga previa consulta y audiencia de la representación legal de los trabajadores y con respeto a la ley y al convenio colectivo.