Cotización de los artistas en periodos de inactividad en 2023 (RS 05/23 31 de Enero de 2023 al 06 de Febrero de 2023)
Con efectos desde el 1-1-2023, durante los periodos de inactividad la base de cotización aplicable al artista que se mantenga voluntariamente en alta debe ser la base mínima vigente en cada momento, por contingencias comunes, correspondiente al grupo 7 de cotización del Régimen General (1.166,70 euros), y el tipo de cotización el 11,50 %.