Aportación a sociedades del usufructo vitalicio de participaciones exentas en el IP (RF 45/25 04 de Noviembre de 2025 al 10 de Noviembre de 2025)
Si las participaciones cumplen los requisitos para aplicar la exención, el derecho de usufructo vitalicio aportado a una sociedad familiar podría considerarse elemento afecto, por lo que no impediría ni limitaría la exención y, para determinar dicha afectación, los órganos de gestión deben realizar una apreciación puntual de su necesidad para el desarrollo de la actividad de la entidad.