Rectificación del criterio de imputación temporal en el IS
La aplicación del criterio de imputación temporal según los cobros es una opción, y por tanto no puede modificarse una vez finalizado el plazo de presentación de la declaración.
La aplicación del criterio de imputación temporal según los cobros es una opción, y por tanto no puede modificarse una vez finalizado el plazo de presentación de la declaración.
La renta cuya integración en la base imponible se difiere no debe incluir el IVA u otros impuestos indirectos que graven la operación.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 65-66. Julio-Agosto 2012 Francisco Javier Sánchez Gallardo Inspector de Hacienda del Estado (excedente) SUMARIO I. Introducción a. Consideraciones generales b. Antecedentes II. Condiciones para la existencia de un establecimiento permanente a. Requisitos objetivos […]
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