Utilización del contrato para obra o servicio determinado en el ámbito de la enseñanza privada reglada no concertada (RS 16/21 20 de Abril de 2021 al 26 de Abril de 2021)
En el ámbito de la enseñanza privada no es posible acudir al contrato para obra o servicio determinado para cubrir asignaturas no contempladas en los nuevos planes, ni actividades extraescolares ni servicios de vigilancia de ruta escolar y/o comedor, dado que dichas actividades no se configuran como actividad con autonomía y sustantividad propia en tanto que no deja de ser una enseñanza que se proporciona a los alumnos de forma voluntaria, sin límite temporal, ni puede venir determinado éste por el número de los matriculados.