Sociedad en causa de disolución: estado de alarma (RM 3/20 Marzo 2020)
Como consecuencia de la declaración del estado de alarma para evitar la propagación del virus COVID-19, se suspende mientras dure el mismo el plazo de dos meses que tienen los administradores para convocar junta en caso de que la sociedad esté incursa en causa de disolución.