Desde el 3-10-2015, se establece que través de la cuenta de garantía arancelaria se controlan las aportaciones que corresponden a los administradores concursales. Si en el momento de la rendición de cuentas no las han realizado, el secretario judicial les […]
El montante obtenido en la realización de bienes y derechos afectos a créditos con privilegio especial no puede exceder del crédito originario.
Se publica una Ley dirigida a flexibilizar la regulación del convenio concursal y la transmisión del negocio o de alguna de las ramas de actividad del concursado.
Se aclara el régimen de votación de los acuerdos de refinanciación en el seno de acuerdos sindicados.
El juez del concurso ostenta la competencia para determinar si un bien es o no necesario para la continuidad de la actividad económica del concursado.
Se modifica la regulación de los procedimientos de modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo, de traslado colectivo, de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, una vez declarado el concurso.
El valor de las garantías reales no puede exceder del valor de la responsabilidad máxima hipotecaria o pignoraticia
Se incluye en el pasivo ordinario a los acreedores privilegiados que voten a favor del convenio.
Se incluye a los acreedores privilegiados en el quórum de constitución de la junta de acreedores.
La propuesta de convenio puede contener propuestas adicionales para todos o algunos de los acreedores o clases de acreedores.