Presentación por error de una autoliquidación del IIVTNU en un supuesto de no sujeción (RF 31/20 28 de Julio de 2020 al 03 de Agosto de 2020)
Cuando en un una transmisión no sujeta al IIVTNU, el ayuntamiento admite como firmes y consentidas las autoliquidaciones presentadas por los sujetos pasivos, con ello está reconociendo que califica dicha operación como sujeta a tributación por el IIVTNU, sin que posteriormente pueda ir contra sus actos propios.