Novedades en relación con las SICAV (RF 27/21 06 de Julio de 2021 al 12 de Julio de 2021)
Se establecen ciertos requisitos que han de cumplir los socios para que sean computables a efectos de la aplicación por la SICAV del tipo de gravamen reducido del 1%, así como un régimen fiscal transitorio aplicable en la disolución con liquidación de SICAV, para permitir que los socios de las SICAV puedan trasladar su inversión a otras IIC que cumplan los requisitos para mantener el tipo de gravamen reducido en el IS.