Cesión global de activos y pasivos
No constituye una cesión global de activos y pasivos sujeta a los requisitos específicos establecidos en la L 3/2009 la transmisión de una parte de los activos de la sociedad cedente, por muy relevantes que sean tales activos para el ejercicio de su actividad empresarial. Para que la operación tenga tal naturaleza se requiere la transmisión en bloque de la totalidad del patrimonio de la sociedad cedente.