Como consecuencia de las restricciones derivadas de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, se extiende el plazo de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones del ISD y del ITP y AJD para los contribuyentes no obligados a su presentación telemática.
Dentro de las medidas tributarias coyunturales destinadas a la reactivación económica tras la emergencia sanitaria del COVID-19, se recoge un beneficio fiscal en el ISD relacionado con la constitución de un seguro colectivo gratuito a favor de todo el personal sanitario para hacer frente a las contingencias de enfermedad y fallecimiento.
Debido a la nueva prórroga del estado de alarma producida se adaptan, entre otras, las medidas relativas a los plazos de presentación y pago del ITP y AJD e ISD en el territorio de esta comunidad autónoma.