Se prorroga hasta el 31-10-2020 el tipo impositivo del 0% aplicable a determinadas entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios. También se actualiza, con efectos retroactivos, la relación de bienes a los que es de aplicación esta medida.
Se introduce una exención en el ITP y AJD, que afecta a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de AJD, y que se va a aplicar a las escrituras de formalización de las moratorias, tanto de las legales, como de las convencionales suscritas al amparo de un acuerdo marco sectorial.
Se establece la exención del seguro colectivo para el personal sanitario y se crean, para el año 2020, dos nuevas deducciones: una por obras en la renovación de la vivienda habitual y otra por instalaciones de puntos de recarga de vehículos eléctricos.
Se introduce un beneficio fiscal en el ISD relacionado con la constitución de un seguro colectivo gratuito a favor de todo el personal sanitario para hacer frente a las contingencias de enfermedad y fallecimiento por causa directa del COVID-19.
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