Jurisprudencia del TS en el marco del domicilio constitucionalmente protegido (RF 41/20 06 de Octubre de 2020 al 12 de Octubre de 2020)
Conforme con los criterios interpretativos ya establecidos, el TS matiza que los datos generales que se obtienen de estadísticas, de la comparación con la situación de otros contribuyentes o grupos indeterminados, o con la media de sectores de actividad a nivel nacional, sin una especificación detallada que avale las fuentes, no pueden constituir el fundamento en que se base el auto judicial de entrada y registro.