Jubilación anticipada voluntaria de las empleadas de hogar (RS 03/21 19 de Enero de 2021 al 25 de Enero de 2021)
La obligación para todos los afiliados al RGSS, incluido el Sistema Especial de Empleados de Hogar, para poder jubilarse anticipadamente de forma voluntaria de que la pensión a percibir, sin necesidad de aplicar el complemento por mínimos, sea por lo menos igual a la pensión mínima no es indirectamente discriminatoria, aunque perjudique en particular a las trabajadoras, ya que esta medida se justifica por objetivos legítimos de política social.