Amortización en las empresas de reducida dimensión
Cuando con anterioridad al 1-1-2015 una empresa de reducida dimensión ha venido amortizando de forma acelerada un elemento patrimonial, la determinación de la nueva vida útil del elemento debe efectuarse en función del coeficiente lineal máximo previsto en la tabla establecida en la LIS, para, una vez determinada, multiplicar por 2 el coeficiente por el que se habrá de amortizar durante los períodos impositivos que resten hasta completar su nueva vida útil.