El Tribunal Constitucional considera que la modificación de los pagos fraccionados para contribuyentes con un importe de negocio superior a 10 millones de euros en su redacción dada por el RDL 2/2016 es inconstitucional al haberse utilizado como instrumento jurídico el RDL.
El Tribunal Constitucionalidad ha adminitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad relativa a los pagos fraccionados que han de realizar las empresas con un importe neto de la cifra de negocios en el ejercicio anterior de al menos 10 millones de euros.
El Tribunal Constitucionalidad ha adminitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad relativa a los pagos fraccionados que han de realizar las empresas con un importe neto de la cifra de negocios en el ejercicio anterior de al menos 10 millones de euros.
El Tribunal Constitucionalidad ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad relativa a los pagos fraccionados que han de realizar las empresas con un importe neto de la cifra de negocios en el ejercicio anterior de al menos 10 millones de euros.