Se regula el programa de apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales, consistente en subvenciones que sustituyen a las anteriores.
Se instaura una medida de activación e inserción laboral de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, consistente en una bonificación específica en las cuotas empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social para incentivar la conversión en indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje celebrados con jóvenes que hubieran percibido la ayuda económica de acompañamiento prevista en la LPGE
Reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social aplicables a los trabajadores por cuenta propia Reducciones y bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para las personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo que se establezcan […]
Magistrado Presidente Sala Social Audiencia Nacional ÍNDICE I. ACUERDOS DE EMPRESA A. Acuerdos que ponen fin al procedimiento de conflicto colectivo B. Acuerdos de interés profesional II. EFICACIA DEL CONVENIO COLECTIVO A. Comisión paritaria B. Interpretación del convenio colectivo […]
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, se ha aprobado una nueva ley del IS. Se exponen a continuación las principales modificaciones que afectan a los regímenes especiales del impuesto.
La nueva ley mantiene idéntica redacción del real decreto ley del que trae causa respecto a la extensión de la tarifa plana de las cotizaciones a las incorporaciones de socios trabajadores efectuadas por las cooperativas y las sociedades laborales.
Establecimiento de una bonificación hasta el 30-6-2016 por importe de 300 €/mes, durante 6 meses, por la contratación indefinida y a tiempo completo, de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. En el supuesto de contratación a tiempo parcial, la jornada ha de ser como mínimo del 50 % y la cuantía de la bonificación se reduce proporcionalmente a la jornada contratada.
La reducción de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social por contratación indefinida -conocida como tarifa plana-, a partir del 5-7-2014, es de aplicación también a los socios trabajadores o de trabajo que se incorporen a las cooperativas y a las sociedades laborales.
En lo fundamental se reitera el contenido del RDL 4/2013 recogido en una información anterior (ver nº 1474 Memento Social 2013). De manera, que se siguen recogiendo bonificaciones, por un lado, en las cuotas empresariales para la contratación de trabajadores desempleados menores de 30 años y, por otro lado, las específicas en relación a empresas de inserción que suscriban contratos con menores de 30 años en situación de exclusión social. También, como ya se señalaba, en ambos casos se aplica supletoriamente la normativa sobre Programas de Fomento de Empleo (L 43/2006 Sección I Título I). Sin embargo, novedosamente respecto del primer tipo de bonificaciones se les aplica la disposición relativa a su aplicación en el caso de contratación a tiempo parcial (L 43/2006 art.2.7). También para este tipo de bonificaciones se mantiene la inaplicación de la norma que las excluye durante 12 meses respecto de las empresas que hayan realizado despidos improcedentes o despidos colectivos que afecten a sujetos a con contratos bonificados (L 43/2006 art.6.2).