Gipuzkoa: se modifica el ITP y AJD
Se realiza una adaptación técnica en el ámbito de los beneficios fiscales en el ITP y AJD en Gipuzkoa.
Se realiza una adaptación técnica en el ámbito de los beneficios fiscales en el ITP y AJD en Gipuzkoa.
Se adecúa el ITP y AJD en Araba a la modificación operada por la L 44/2015, de sociedades laborales y participadas.
Se incluyen dentro de las exenciones subjetivas del ITP y AJD a las fundaciones bancarias.
Con efectos desde el 7-11-2015, se introducen las siguientes novedades: – se declara la no sujeción a la modalidad de AJD de las anotaciones preventivas de embargo ordenadas de oficio por la administración competente para ello; – se establece la […]
Con efectos de 1-1-2015, además de los fondos de titulización hipotecaria y los fondos de titulización de activos financieros, en este territorio se declaran exentos, de todas las operaciones sujetas a la modalidad de operaciones societarias del ITP y AJD, […]
En Araba se declaran también exentos, de todas las operaciones sujetas a la modalidad de operaciones societarias del ITP y AJD, los fondos de capital riesgo.
Se introduce una nueva exención en este impuesto aplicable cuando existan acuerdos de refinanciación o extrajudiciales de pago de la Ley Concursal.
En Bizkaia se declaran también exentos, de todas las operaciones sujetas a la modalidad de operaciones societarias del ITP y AJD, los fondos de capital riesgo.
Se modifica el ITP y AJD en Bizkaia, para declarar la exención de determinados arrendamientos de viviendas.
Se modifica el ITP y AJD en Gipuzkoa para corregir y actualizar determinadas remisiones, e introducir algunos ajustes en materia de base imponible, regularizaciones y exenciones.
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