Medidas para el pago a proveedores de entidades locales
Se ha ampliado el ámbito subjetivo de aplicación del mecanismo de pago a proveedores en el ámbito de las entidades locales.
Se ha ampliado el ámbito subjetivo de aplicación del mecanismo de pago a proveedores en el ámbito de las entidades locales.
Como consecuencia de la integración del IVMDH en el Impuesto sobre Hidrocarburos desde el 1-1-2013, se regula la liquidación que debe efectuarse del IVMDH a 31-12-12.
Se establece para el año 2013 las normas relativas a la financiación de las Entidades Locales: municipios, provincias, cabildos y consejos insulares, así como Comunidades Autónomas uniprovinciales.
En la factura expedida por los suministros de gasolina efectuados en una gasolinera deben figurar las cuotas devengadas por el IVMDH separadamente del resto de los conceptos comprendidos en la misma, o bien la expresión “Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos incluido en el precio al tipo de..”, pero no se exige desglosar en la factura las cuotas correspondientes al tipo estatal y, en su caso, al tipo autonómico.
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