Medidas en el régimen simplificado y en el de Agricultura, ganadería y pesca en el IVA de Araba a consecuencia del coronavirus (RF 20/20 12 de Mayo de 2020 al 18 de Mayo de 2020)
Ante la situación generada por la evolución del COVID-19, se adapta, de forma proporcional al periodo temporal afectado por la declaración del estado de alarma, el ingreso a cuenta del régimen simplificado del IVA y se elimina la vinculación obligatoria que durante 3 años se establece legalmente para la renuncia al régimen simplificado y al REAGP.