Se modifica la exención de las acciones y participaciones en entidades respecto de las que el contribuyente haya aplicado la deducción por inversión en microempresas, PYMES de nueva o reciente creación, innovadoras o vinculadas con la economía plateada. Asimismo, se aprueban dos nuevas exenciones sobre acciones, participaciones o derechos de contenido económico en el ámbito del emprendimiento y sobre las operaciones y actos derivados del Fondo de recapitalización de empresas afectadas por COVID-19.
Se declaran exentas las ganancias patrimoniales procedentes de la transmisión de acciones o participaciones que cumplan ciertos requisitos y se actualizan referencias legislativas obsoletas para adaptarlas a los textos normativos vigentes. Asimismo, se aprueba la exención para actuaciones derivadas del Fondo de recapitalización de empresas afectadas por el COVID-19.
Se adapta la normativa foral a la estatal para incorporar directivas comunitarias sobre el tratamiento del comercio electrónico y el establecimiento de reglas de tributación en entregas de bienes o prestaciones de servicios contratados por consumidores finales comunitarios, por internet, que se envían o prestan por empresarios o profesionales de otro estado miembro o país o territorio tercero. Además, como medida frente al coronavirus se amplía la vigencia temporal del tipo del 0% sobre el material sanitario.
En las indemnizaciones por despido o cese, dejan de asimilarse los planes estratégicos de RRHH de las Administraciones públicas a los despidos colectivos y a los ceses por causas objetivas.
Se encuentra sujeta y no exenta al impuesto la transmisión de una cartera de pacientes. En estos casos ni se da un servicio de protección de la salud al interesado, ni este accede a determinadas prestaciones de servicios relacionadas con el cuidado de la salud o con finalidad terapéutica.
Se aprueba el Reglamento de Recaudación, se desarrolla el régimen fiscal de la fase final de la UEFA Euro 2020 y se modifican el Reglamento de desarrollo de la NFGT, en materia de revisión en vía administrativa, el Reglamento de inspección tributaria y los Reglamentos del IRPF e IS.
Se incluyen entre las entidades sin fines lucrativos a entidades con una forma jurídica análoga a la fundación o a la asociación sin ánimo de lucro que, si ser residentes en territorio español, operen en él a través de un establecimiento permanente o residan en países miembros de la UE o del EEE; se reformulan e introducen nuevos requisitos para poder acogerse al régimen especial y se regulan las especificidades en la tributación por el IS y por el IRNR.
Se realizan las adaptaciones necesarias en el IVA para formalizar los compromisos adquiridos por España de cara a que Bilbao sea una de las sedes de la fase final de la «UEFA Euro 2020».
Se incorporan exenciones relacionadas con las acciones y participaciones en microempresas, pequeñas y medianas empresas de nueva o reciente creación o de carácter innovador, y con la participación de los trabajadores en las empresas en que prestan sus servicios