El TS se pronuncia sobre las actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico (RF 07/21 16 de Febrero de 2021 al 22 de Febrero de 2021)
La expresión actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico no puede equiparse a cualquier incumplimiento del ordenamiento jurídico. Deben evitarse interpretaciones expansivas, puesto que la expresión remite solo a cierto tipo de actuaciones, como los sobornos.