El TEAC se vuelve a pronunciar sobre la deducibilidad de la retribución de administradores con la vigente normativa (RF 39/20 22 de Septiembre de 2020 al 28 de Septiembre de 2020)

Si no se cumplen los requisitos previstos en la normativa mercantil sobre la retribución de administradores, el gasto no es deducible por ser contrario al ordenamiento. En este sentido, la fijación de las retribuciones en los estatutos es aplicable a los consejeros que no realizan funciones ejecutivas y a los que las realizan y perciben por ellas retribución.