Desplazamiento de trabajadores en el EEE: fuentes de información, non bis in ídem e impacto en el sector de transporte por carretera (RS 17/21 27 de Abril de 2021 al 03 de Mayo de 2021)
En primer lugar, el Ministerio de trabajo se obliga a mantener actualizada la información sobre desplazamiento internacional contenida en su página web y traducida a varios idiomas; así como la ficha española que se contiene en la web de la Comisión. En segundo lugar, se reformula y reubica la prohibición de “non bis in ídem” para las empresas establecidas en España que desplazan trabajadores al EEE y ya han sido sancionadas administrativa o penalmente en el Estado de destino si existe la suficiente identidad. Además, finalmente, no se aplica la normativa sobre transposición de la directiva de desplazamiento al sector transporte por carretera hasta que se incorpore su directiva específica al Derecho español antes del 2-2-2022. En el ínterin se aplica a dicho sector la normativa nacional afectada en su versión previa a la mencionada modificación.