Despido improcedente y opción empresarial: valor del ingreso de la indemnización en la cuenta de consignaciones del juzgado (RS 25/20 16 de Junio de 2020 al 22 de Junio de 2020)
El ingreso en la cuenta de consignaciones del juzgado de la suma correspondiente a la indemnización en caso de despido improcedente no puede considerarse como opción tácita de la empresa por la resolución indemnizada de la relación laboral, cuando no ha manifestado expresamente por escrito o mediante comparecencia su voluntad de optar por el pago de la indemnización. Ante la falta de opción se entiende que la empresa optó por la readmisión.