La prestación de servicios del árbitro profesional no es laboral sino que entraña una relación administrativa especial, por lo que queda bajo la jurisdicción contencioso-administrativa.
La indemnización por fin de contrato prevista en el ET se aplica a los deportistas profesionales supletoriamente a la indicada en su normativa específica, con independencia de su nivel retributivo.
Una vez resuelto el contrato de trabajo, el hecho de jugar partidos amistosos con el club durante la pretemporada siguiente, no determina por sí solo la existencia de una nueva relación laboral.
La obligación que tienen algunos deportistas de aportar con antelación su localización exacta y estar disponible para poder ser objeto de controles antidopaje sorpresas, no vulnera su derecho a la vida privada y familiar porque con ello se persigue proteger su salud.
La obligación que tienen algunos deportistas de aportar con antelación su localización exacta y estar disponible para poder ser objeto de controles antidopaje sorpresas, no vulnera su derecho a la vida privada y familiar porque con ello se persigue proteger su salud.
La obligación que tienen algunos deportistas de aportar con antelación su localización exacta y estar disponible para poder ser objeto de controles antidopaje sorpresas, no vulnera su derecho a la vida privada y familiar porque con ello se persigue proteger su salud.
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