No se puede modificar un acuerdo de alteración censal al que se ha llegado por un procedimiento de comprobación limitada con todas las garantías, a no ser que existan hechos nuevos o circunstancias que resulten de actuaciones distintas a las realizadas y especificadas en el acuerdo.
No se puede modificar un acuerdo de alteración censal al que se ha llegado por un procedimiento de comprobación limitada con todas las garantías, a no ser que existan hechos nuevos o circunstancias que resulten de actuaciones distintas a las realizadas y especificadas en el acuerdo.
Agilizar las relaciones jurídico-tributarias y la lucha contra el fraude fiscal son algunas de las causas que han motivado la modificación del Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y del Reglamento que regula las obligaciones de facturación.
Procedimiento inspector de comprobación censal seguido de un procedimiento inspector de comprobación del IVA y del IS relativo a los mismos ejercicios.
Se hacen públicas las Directrices del Plan Anual de Control Tributario del año 2018, que giran en torno a cuatro grandes pilares: la prevención del fraude, la investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero, el control del fraude en fase recaudatoria y la colaboración entre la AEAT y las Administraciones tributarias de las CC.AA.
La norma recoge importantes modificaciones, con el fin de adaptar la regulación al sistema tributario español establecido tras la reforma de la LGT, entre las que se incluye la reforma de la regulación del Consejo para la Defensa del Contribuyente.
Se aprueba en Gipuzkoa el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales. A través de este Reglamento se sistematiza y codifica la mayoría de las obligaciones tributarias formales ya aprobadas en disposiciones vigentes, además de desarrollar otras que se incorporan de forma novedosa en el ordenamiento tributario guipuzcoano, como es el caso de las obligaciones de información de bienes y derechos sobre los mismos situados en el extranjero. Además, recoge las novedades que, en materia de censos tributarios y de las obligaciones de información sobre las operaciones con terceras personas, se han aprobado en territorio común en relación a la implantación del régimen especial del criterio de caja del IVA.
La NFGT Bizkaia sufre amplias modificaciones en diversas materias, en especial en cuanto al procedimiento sancionador e infracciones y sanciones, así como respecto de la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero y ganancias de patrimonio no justificadas, entre otras.
La NFGT Bizkaia sufre amplias modificaciones en diversas materias, en especial en cuanto al procedimiento sancionador e infracciones y sanciones, así como respecto de la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero y ganancias de patrimonio no justificadas, entre otras.
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