El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nula la regla de determinación de la base imponible del IIVTNU estatal aplicable con ocasión de la transmisión de los terrenos, únicamente en la medida en que someta a tributación situaciones de inexistencia de incremento de valor.
En la presente consulta se analiza el tratamiento contable del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, distinguiendo el momento del devengo de la fecha de pago.
El Tribunal Consitucional ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de la norma de Gipuzkoa relativa a la determinación de la base imponible del impuesto con ocasión de la transmisión de los terrenos, en la medida en que sometan a tributación situaciones de inexistencia de incremento de valor
Cálculo del importe neto de la cifra de negocios de una empresa dedicada a la explotación de máquinas recreativas y tratamiento contable de la tasa sobre el juego que grava esta actividad.
Se ha procedido a la modificación de los índices y módulos del régimen simplificado del IGIC para el cálculo de la cuota anual del año 2012, para su adecuación a la elevación de tipos impositivos desde el 1-7-2012.
Se simplifica y clarifica la redacción de la LMV art.108 relativa a la transmisión de valores, excepcionándose exclusivamente de la exención del IVA e ITP y AJD aquellos casos en los que se pretende eludir el pago de dichos impuestos que habrían gravado la transmisión de los inmuebles propiedad de las entidades a las que representen dichos valores.
Con efectos desde el 1-1-2013, se suprime el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH) (L 24/2011 art.9), el cual pasa a integrarse en el Impuesto sobre Hidrocarburos.
Ha sido creado en el IGIC un nuevo tipo impositivo reducido del 2,75% aplicable a las primeras entregas por el promotor de viviendas cuya base imponible sea inferior a 150.000 euros y que se destinen por su adquirente a primera vivienda habitual.
Ha sido creado en el IGIC un nuevo tipo impositivo reducido del 2,75% aplicable a las primeras entregas por el promotor de viviendas cuya base imponible sea inferior a 150.000 euros y que se destinen por su adquirente a primera vivienda habitual.
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