Compensación de gastos en teletrabajo COVID-19 (RS 28/21 13 de Julio de 2021 al 19 de Julio de 2021)
No existe un reconocimiento legal del derecho de los trabajadores a una compensación de los gastos genéricos derivados del desarrollo del trabajo a distancia. Tal compensación solo puede ser reclamada de acuerdo con lo que dispongan los acuerdos de trabajo a distancia recogidos en el acuerdo individual, convenio o acuerdo colectivo de aplicación. En su defecto, puede ser reclamada individualmente previa justificación de los gastos soportados.