Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2015, se modifica la regulación de la compensación de cuotas negativas de las cooperativas. Las principales novedades son las siguientes:1) Si la suma algebraica de las cantidades resultantes de aplicar […]
La limitación a la compensación de bases imponibles negativas procedentes de ejercicios anteriores prevista para los ejercicios 2012 y 2013 no es aplicable al último período impositivo en que una entidad queda sometida a tributación en España.
La Administración sólo puede efectuar la constatación de la existencia del crédito y de la correlación entre la cuantía o suma compensada en el ejercicio no prescrito y la que se generó en el período prescrito.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados en 2012 y 2013 se vuelve a limitar la compensación de bases imponibles negativas para las grandes empresas que hayan tenido un importe neto de la cifra de negocios de al menos veinte millones de euros en los doce meses anteriores a los mencionados períodos impositivos.