Aplicación de la prohibición de despedir un año después del estado de alarma (RS 46/21 16 de Noviembre de 2021 al 22 de Noviembre de 2021)
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No procede la aplicación de la denominada prohibición de despedir cuando se evidencia que empresa la empresa ya se encontraba en dificultades para mantener el empleo con anterioridad a la crisis producida por el COVID-19.