Cierre registral por baja en el Índice de Entidades de la AEAT
Se reitera la doctrina de la DGRN según la cual, en caso de baja provisional de una sociedad en el Índice de Entidades de la AEAT, se impondrá un cierre registral prácticamente total, por lo que no podrá inscribirse en el RM el cese de los administradores y el nombramiento de quienes hayan de sustituirles, como pretende el recurrente.