Modificación del ITP y AJD en relación con los préstamos con garantía hipotecaria

Tras el cambio de criterio del Tribunal Supremo en relación con la determinación de quién debe ser considerado sujeto pasivo en las escrituras de préstamo hipotecario en la modalidad AJD, submodalidad documentos notariales, se ha procedido, de manera urgente y entre otras medidas, a la modificación de la LITP.

Andalucía. Novedades en el ITP y AJD

Se ha aprobado el Texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos que mantiene, en términos generales, la regulación prevista hasta ahora para el ITP y AJD.

ITP y AJD: Extremadura

Se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, manteniéndose, en relación con los inmuebles, la regulación prevista hasta ahora para el ITP y AJD.

ITP y AJD de La Rioja

Se eliminan algunos de los tipos reducidos aplicables y las deducciones existentes en el ITP y AJD de La Rioja.

ITP y AJD. Modificación de obra nueva y división horizontal

El cambio del proyecto inicial y licencia que supone la modificación de la división horizontal puede tener repercusión en la liquidación del ITP y AJD.

ITP y AJD. Modificación de obra nueva y división horizontal

El cambio del proyecto inicial y licencia que supone la modificación de la división horizontal puede tener repercusión en la liquidación del ITP y AJD.

ITP y AJD. Modificación del valor de tasación de un inmueble hipotecado

El nuevo valor de tasación a efectos de subasta de la finca hipotecada, fijado como consecuencia de la ampliación del préstamo hipotecario, afecta a la determinación de la base imponible del ITP y AJD.

ITP y AJD. Exención aplicable a las operaciones del SAREB

La exención en el ITP y AJD se aplica tanto a la transmisión de los activos procedentes de las entidades financieras, como a las operaciones de gestión y administración de los mismos, entre las que se encuentran las operaciones de dación de pago, ejecución de garantías o compraventas por un tercero deudor de ese activo, cuando ha sido previamente transmitido al SAREB el crédito impagado.