Elementos de autenticación en documentos portátiles que acrediten la situación de una persona para aplicar los Reglamentos

Desde el 1-8-2019 la Comisión administrativa (CACSS) recomienda a las Administraciones de Seguridad Social de los Estados miembros establecer ciertas medidas de autenticación en los documentos portátiles que acrediten la situación de su destinatario a los efectos de aplicar los Reglamentos. Así, para evitar su falsificación, si se expiden manualmente deben incluir la firma manuscrita y un sello de tinta e imprimirse por las dos caras de una hoja. Las hojas deben estar unidas de manera que no puedan separarse fácilmente. Esto se consigue, por ejemplo, doblando la esquina superior izquierda, grapándola y poniendo un sello en el reverso. Si se expiden electrónicamente deben llevar un número de serie o un número de identificación en cada página. En ese caso, ya no serán necesarios la firma ni el sello de tinta. Con carácter general, se recomienda que todos los documentos portátiles expedidos se registren de tal forma que su autenticidad pueda verificarse de forma rápida y sencilla por la institución emisora. Además todos los Estados miembros deben informar a la CACSS de las distintas vías que sus instituciones utilizan para expedir documentos portátiles. Las delegaciones de la CACSS deben compartir esta información con sus respectivas instituciones. Esta recomendación afecta a todos los documentos portátiles, aunque podría inaplicarse en el caso de las series P1 (pensiones) y U3 (desempleo), cuyo objetivo es la transferencia de información entre la Administración competente y el interesado. Tampoco se aplica a la propia tarjeta sanitaria europea sometida a Decisiones ad-hoc de la propia CACSS.