La inclusión en la denominación social de la palabra «Veterinarios», unida a la no inclusión de la sigla «P», o «Profesional» en la mención relativa a la forma societaria excluye el error sobre la existencia de una sociedad profesional sujeta a la L 2/2007.
Se modifican ciertas exenciones en el IGIC, se introduce una nueva relativa a servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centros de día y de noche y atención residencial, y se introducen cambios en relación con las entidades o establecimientos de carácter social.
Se considera exento el incremento de patrimonio para el transmitente de una empresa individual o de acciones o participaciones en entidades al personal que trabaje en ella.
El RDL de medidas urgentes en materia laboral incrementa las cuantías de las bases mínimas de cotización en este régimen especial y modifica los tipos de cotización, así como algunos beneficios como la tarifa plana.
Se modifica la cotización a la Seguridad Social de las personas con discapacidad, inicial o sobrevenida, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo que se establezcan como trabajadores por cuenta propia.
Con efectos a partir del 23-12-2018, se adapta el RIRPF a la previsión legal que determina que los pagos a cuenta correspondientes a las rentas o actividades que tengan derecho a la deducción en la cuota por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla se reducen en un 60%. Asimismo, desde 1-1-2019, se revisa el tipo mínimo de retención aplicable a contratos o relaciones de duración inferior al año o a los rendimientos del trabajo que se deriven de relaciones laborales especiales de carácter dependiente, cuando se trate de rendimientos del trabajo obtenidos en Ceuta y Melilla que se beneficien de la deducción, y el tipo máximo, en caso de regularización del tipo de retención.
Es válida la cláusula estatutaria que establece que los consejeros ejecutivos «tendrán derecho a percibir, adicionalmente, las retribuciones que correspondan por el desempeño de dichas funciones ejecutivas», debido a que en el resto del clausulado estatutario sobre la retribución de administradores se establecen los distintos conceptos retributivos que pueden percibir los mismos -dietas, indemnización por cese anticipado y por fallecimiento, primas de seguros, contribuciones a sistemas de ahorro-.