Alcance cancelatorio de la sentencia firme de nulidad de los asientos registrales posteriores
No se puede exigir del registrador mercantil una cancelación de asientos posteriores sin que haya sido ordenada por la autoridad judicial competente.
No se puede exigir del registrador mercantil una cancelación de asientos posteriores sin que haya sido ordenada por la autoridad judicial competente.
La junta general no puede decidir cuándo los administradores están realizando efectivamente las funciones que justifican su remuneración.
La oposición a un acuerdo sobre un asunto no incluido en la convocatoria de la junta impide que la misma pueda celebrarse con el carácter de universal.
Compatibilidad de la gratuidad del cargo con la previsión de una retribución para cuando se deja de ejercer el cargo.
La sociedad puede ratificar, rectificar, sustituir o revocar «ad nutum» acuerdos anteriores, antes de ser objeto de impugnación, durante la pendencia del proceso de impugnación o concluido el mismo por sentencia definitiva.
No es válida la convocatoria de junta efectuada por dos de los tres administradores mancomunados.
Las nuevas tasas judiciales aprobadas por la L 10/2012 han sido objeto de una serie de modificaciones, entre las que podemos destacar, la reducción de la cuantía de la tasa para las personas físicas, y la inclusión de nuevos supuestos de exención en función de la naturaleza del proceso, como por ejemplo, las acciones ejercitadas por los administradores concursales en interés de la masa del concurso y previa autorización del Juez de lo Mercantil.
Se reitera la doctrina jurisprudencial que considera que la nulidad de las cuentas anuales de un ejercicio no supone que las de los años sucesivos adolezcan de dicha nulidad.
El socio de una sociedad holding no tiene derecho a obtener la documentación contable de las sociedades incluidas en la consolidación.
Reducción de la cuantía a partir de la cual la infracción en materia de Seguridad Social es constitutiva de delito, así como la facilitación de las regularizaciones.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).